Organigrama

Según el Título II (art. 9) de sus estatutos, la Academia se rige por los siguientes órganos de gobierno:

  • El/la presidente/a.
  • La Junta Directiva, formada por el presidente, el vicepresidente, el secretario general, el vicesecretario general, el tesorero, el contador, el conservador y el bibliotecario, los directores de las secciones y el director del Observatorio Fabra.
  • Los/las directores/ras y los/las secretarios/as de las secciones.

Los cargos unipersonales son ocupados por miembros numerarios.

Está integrada por 75 Académicos/as numerarios/as (distribuidos/as en 7 secciones), y de un número indeterminado de miembros eméritos, supernumerarios y los académicos/as correspondientes nacionales y extranjeros/as. Estos últimos, son elegidos entre aquellas personas que no tengan residencia habitual en Barcelona o su entorno y hayan realizado trabajos de reconocido mérito científico.

 

Junta General

La reunión de los miembros numerarios/as de la Academia se llama Junta General. A les sesiones de la Junta General, pueden asistir los miembros eméritos y los supernumerarios. Las sesiones plenarias son la inaugural y de fin de curso, ordinarias con la lectura del trabajo de turno, de recepción de nuevos miembros de la Academia y extraordinarias. Tiene como presidente/a y como a secretario/aria los de la Academia. Sus atribuciones son:

  • Elegir los cargos de la Academia excepto los de Dirección, Secretaria de sección y Dirección del Observatorio Fabra.
  • Aprobar, a propuesta de las secciones, las vacantes que se tiene que cubrir y la denominación correspondiente.
  • Aprobar el cambio de sección de los miembros numerarios.
  • Elegir y recibir a los nuevos miembros de la Academia.
  • Conocer la liquidación de ingresos y gastos del año anterior y el proyecto de presupuesto del año en curso.
  • Conocer los acuerdos de la Junta Directiva.
  • Celebrar lecturas y disertaciones científicas en las sesiones plenarias ordinarias.
  • Aprobar el dictamen de la ponencia de nuevos estatus en sesión extraordinaria.
  • Aprobar el reglamento de régimen interior en sesión extraordinaria.
  • Aprobar la concesión del título de miembro patrocinador o miembro de honor.

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Órganos de Gobierno

La Academia se rige por la Junta Directiva, formada por el presidente, el vicepresidente, el secretario general, el vicesecretario general, el tesorero, el contador, el conservador y el bibliotecario, los directores de las secciones y el director del Observatorio Fabra.

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Presidente/a

El/la presidente/a es el máximo representante de la Academia y ejerce la representación. Preside la Junta Directiva y la Junta General. El presidente se puede asistir de una Comisión Permanente. Son atribuciones del presidente/a:

  • Promover e impulsar las iniciativas que redunden en beneficio de las finalidades de la corporación.
  • Representar jurídicamente a la Academia a todos los efectos.
  • Velar por el cumplimiento de los Estatutos y los Reglamentos.
  • Presidir las sesiones plenarias de la Academia y las de la Junta Directiva.
  • Proponer a la Junta Directiva la creación de las comisiones especiales de la Academia y presidir aquellas de las cuales forme parte.
  • Ordenar, de acuerdo con el tesorero, los pagos y, en unión del secretario general, firmar los títulos, diplomas, actas y correspondencia oficial, además de visar los certificados que expida la Secretaría y otros documentos que haga falta.
  • Contratar al personal administrativo y de servicios dependiente de la corporación y rescindir los contratos según la legislación laboral vigente y con acuerdo de la Junta Directiva.
  • En caso de urgencia, tomar las disposiciones necesarias, si es posible de acuerdo con la Comisión Permanente de la Junta Directiva, y dar cuenta a la Junta Directiva en la primera sesión que celebre.

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Junta Directiva

La Junta Directiva tiene como presidente/a y como secretario/a los de la Academia. Sus atribuciones son:

  • Aprobar, durante el primer trimestre del año, los presupuestos para el siguiente ejercicio económico y el balance general del año anterior.
  • Designar al director del Observatorio Fabra de acuerdo con lo que determina el artículo 9 de los Estatutos.
  • Proponer a la Academia la convocatoria de los premios y galardones que acuerde conceder, a los cuales no pueden optar los miembros de la Academia.
  • Designar a los miembros de la Academia que tengan que realizar algún trabajo especial o algún informe según la normativa vigente.
  • Ayudar al presidente a resolver los asuntos que se vayan planteando en el funcionamiento de la Academia, de los Observatorios y de la Biblioteca y los Archivos.
  • Tomar la iniciativa en todas las cuestiones que considere de interés para la Academia.

Miembros Junta Directiva

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Vicepresident/a

El/la vicepresidente/a tiene todas las atribuciones del presidente en ausencia o indisposición de este, y debe llevar a cabo todas las misiones que el presidente o la Junta Directiva consideren oportuno encomendarle.

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Secretario/aria general

El/la secretario/a general lo es de la Academia y de la Junta Directiva. En este concepto le corresponde:

  • Tener dispuestos los trabajos y los documentos para su tramitación.
  • Dar cuenta al presidente de los asuntos pendientes y de los que se tienen que tratar en las reuniones.
  • Extender y autorizar con su firma las actas de las sesiones, una vez aprobadas por el pleno de la Academia o por la Junta Directiva, según lo que corresponda, y archivarlas de la manera pertinente.
  • Autorizar con su firma los acuerdos, informes, títulos, nombramientos, certificados y otros documentos entregados en nombre de la Academia, además de la correspondencia oficial.
  • Tomar las disposiciones necesarias para la custodia de los libros de las actas en uso y las medallas de miembro de la Academia.
  • Llevar un archivo en el que consten los currículums de los miembros de la Academia, con la fecha de su ingreso a la corporación, las actividades que han desarrollado en el seno de esta, el número de sesiones a las cuales han asistido durante el año, la fecha de su cese, el registro de las medallas y todos los datos que sean necesarios para la historia de la Academia.
  • Llevar un archivo de la correspondencia y de todos los asuntos que sean de interés para la Academia.
  • Firmar las convocatorias para las sesiones que el presidente ordene.
  • Redactar al final de cada curso académico una memoria en la que se resuman las actividades desarrolladas por la corporación durante el curso transcurrido. Esta memoria tiene que ser presentada por el secretario general en la sesión inaugural del siguiente curso.
  • Preparar al final de cada curso el programa de sesiones del siguiente curso con indicación de los miembros de la Academia que participarán.
  • Preparar y llevar a cabo en cada curso la publicación del Anuario correspondiente del cual cada cinco años a partir del curso 2009-2010 se tiene que publicar una versión ampliada que debe incluir los datos históricos actualizados, unas notas biográficas de los miembros y otras informaciones que se consideren relevantes.
  • Llevar un libro registro en el que se tienen que anotar numeradas las comunicaciones, los oficios y los certificados que la Academia o cualquiera de sus dependencias reciba o expida.
  • Llevar, de acuerdo con la tecnología adecuada, un libro de las actas de las reuniones del pleno y otro de las de la Junta Directiva.
  • Entregar en la Biblioteca para su custodia los libros de actas concluidos, los expedientes y otros documentos de la Secretaría resueltos y concluidos, siempre que haya transcurrido un plazo de veinticinco años a contar de la fecha de los documentos.
  • Comunicar a los miembros de la Academia los acontecimientos y las incidencias de su interés, como por ejemplo el deceso de miembros, la existencia de vacantes que se tienen que proveer, las convocatorias de premios, etc.

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Vicesecretario/aria general

El/la vicesecretario/aria general tiene les mismas atribuciones que el secretario/aria general en ausencia o indisposición de este/esta último/a y tiene que realizar las misiones que el secretario/aria general o la Junta Directiva le encomienden

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Tesorero/a

El/la tesorero/a tiene a su cargo:

  • La custodia de los fondos que por cualquier concepto ingresen a la caja de la Academia, de los cuales es responsable ante esta.
  • La ejecución de los pagos ordenados por el presidente.
  • La elaboración del proyecto de presupuesto del siguiente ejercicio para presentarlo y aprobarlo, si procede, a la Junta Directiva cada mes de enero.
  • La redacción al final de cada ejercicio económico de un balance general, lo cual, acompañado de los documentos justificativos, tiene que someter al examen y aprobación de la Junta Directiva.

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Contador/a

El contador/a tiene que auditar el movimiento de los fondos de tesorería e informar la cuenta anual documentada que el tesorero/a tiene que presentar a la Junta Directiva.

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Conservador/a

El/la conservador/ra tiene las siguientes atribuciones:

  • Velar por la conservación y la mejora del patrimonio artístico y cultural de la Academia, consistente tanto en bienes muebles como inmuebles.
  • Elaborar y mantener al día el inventario de estos bienes.
  • Someter a la aprobación de la Junta Directiva las disposiciones que, en cumplimiento de sus funciones, considere pertinente adoptar.

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Bibliotecario/aria

El/la bibliotecario/a tiene como misión gestionar la Biblioteca y el Archivo Histórico de la Academia. Con este fin sus atribuciones son:

  • Coordinar la actividad del personal especializado que lleva a cabo la tarea correspondiente de la Biblioteca en el marco del régimen general del personal.
  • Conservar, preservar y difundir la documentación ya existente y la que se reciba en cualquier formato y apoyo (libros, revistas, mapas, imágenes, etc.) y gestionar el intercambio de publicaciones con otras instituciones.
  • Velar por la elaboración, el mantenimiento y la difusión del catálogo manual y digital de la Biblioteca de acuerdo con la normativa dictada por la Biblioteca de Catalunya.
  • Conservar, preservar y difundir toda la documentación histórica de la Academia (libros de actas concluidos, expedientes, etc.) entregada por el secretario de conformidad con lo que dispone el artículo 12.14.
  • Coordinar la accesibilidad de los académicos y de los usuarios internos y externos a los fondos documentales.
  • Coordinar la gestión de los elementos y los equipamientos informáticos (Internet, Wi-Fi, etc.) de la Biblioteca en el marco del régimen general.
  • Facilitar y promover el acceso a bases de datos científicas externas.
  • Elaborar las normas de funcionamiento de la Biblioteca que tienen que ser aprobadas por la Junta Directiva.

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Directores de Secciones

Los/las directores/ras de sección tiene las siguientes atribuciones:

  • Convocar y presidir las secciones respectivas.
  • Nombrar, si procede, las comisiones especiales para realizar tareas concretas de las secciones correspondientes.
  • Comunicar, cuando proceda, a la Secretaría de la Academia los asuntos de la sección y el resultado de sus tareas.
  • Formar parte de la Junta Directiva en calidad de vocales natos.

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Director/a del Observatorio Fabra

El director del Observatorio Fabra es designado por la Junta Directiva, la cual también puede nombrar un vicedirector. Tiene en su cargo la dirección del Observatorio Fabra y la supervisión de las actividadess que se realizan.

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Comisiones

Comisión Permanente

La Comisión Permanente, formada por el presidente/a, el vicepresidente/a, el secretario/aria general y el tesorero/a, actúa per delegación de la Junta Directiva en los asuntos que esta determina y puede asistir al presidente/a.

Comisión de Publicaciones

La Comisión de Publicaciones, formada por el secretario/aria general, el bibliotecario/aria y el tesorero/a, tiene que velar por las publicaciones de la Academia.

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